jueves, 12 de diciembre de 2013

La mediación paliativa: a la mar fui por naranjas



El término mediación puede englobar una pluralidad de ámbitos de actuación, pero la disparidad, alcance, consecuencias e implicaciones de cada uno en particular, son de tal magnitud que difícilmente pueden generalizarse conclusiones universales, porque lo que vale para unos no necesariamente vale para todos los demás. Con éstas misma palabras lo argumentaba en un post anterior, Mediación y dogma.”


Recientemente en un debate en la red, Mediación transformativa, un abogado sevillano, seguramente pretendiendo otro alcance, al argumentar a favor de la Escuela transformativa afirmaba: “Hay una parcela en la mediación que se nos olvida al pretender que las partes lleguen a un acuerdo Pretender. ¿quién tendría que obviar o eludir esa pretensión? ¿El mediador, las partes, todos, ninguno?

El artículo 1 de la Ley 5/12, dice: “Se entiende por mediación aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.” Subrayo: “medio de solución”, “un acuerdo”.

¿Qué se dice en una sesión informativa sobre el procedimiento de mediación? ¿A qué se le invita a las partes que mantienen una controversia “concreta”?  No solo un conflicto: una discrepancia (o varias) puntual, evaluable, computable, valorable, objetiva. ¿Es o no la mediación un posible medio/procedimiento/práctica/modalidad de resolución de conflictos?

Dependiendo del tipo de conflicto, del ámbito en que se medie, no es nada desdeñable retroceder en el avance del problema, “desescalando” la contienda, por supuesto. Avanzando en la legitimación de las posiciones de parte, consiguiendo, como también se afirmaba en él debate,  “una comprensión y entendimiento de los sentimientos del otro”. Conforme. Ya lo hemos obtenido. ¿Y después qué? ¿Vale esta técnica para cualquier ámbito de la mediación? ¿Retornamos a la vía adversarial contenciosa de los tribunales para que finalmente sea un juez el que determine la salida del “impasse”? ¿Les vale, realmente, a los mediados? Antonio, el abogado sevillano, afirmaba: son “las emociones y sentimientos los que satisfacen a los interesados”. No digo que les perjudique, pregunto si realmente era eso lo que iban buscando al acudir a la mediación, como alternativa al procedimiento judicial. Francamente, lo dudo.

Paloma, en el post anterior, “El día después, más allá de un buen acuerdo”, con buen criterio afirma: Las expectativas demasiado concretas pueden nublar realidades emergentes”. Y es qué,  no se trata tampoco de una obsesión por el acuerdo. Pero si entiendo que la consecuencia lógica que persigue quien busca una solución es encontrarla. Esencialmente la solución, algún tipo de solución, aceptable y compartida. Esa es su motivación principal para acudir al procedimiento alternativo de la mediación.
  
Cuando se demandan políticas activas de divulgación de la mediación en España como modalidad ADR, cuando se buscan iniciativas para la difusión del procedimiento, cuando cualquier persona mediadora se siente moralmente vinculado con la obligación de hacer pedagogía de la cultura de la mediación, convendría no perder de vista cual es su finalidad primera, además de todas las otras que también puedan acompañarla. Y es que, en mi opinión, la mediación “será”, se implantará,  solo en la medida que resulte eficaz y eficiente para la resolución de los conflictos concretos, objetivos y puntuales que afectan a las personas, físicas o jurídicas. La mediación “paliativa” podrá resultar eficiente, como hipotética inversión en un "mercado de futuros" potencial de solución, pero no habrá sido eficaz como resolución alternativa de disputas.

Una enfermedad se cura o no se cura, y eso no desmerece los "alivios" parciales, ni su tratamiento sintomático, incluso cuando se trata de cuidados paliativos en una enfermedad terminal. Sin alcanzar una frontera tan dramática, lo cierto es que ante la imperiosa necesidad de resolver según qué tipo de conflicto, la mediación no puede complacerse en resultar un analgésico del problema en el que las partes se han enrocado y tiene que aspirar a ser una efectiva solución del mismo. En caso contrario el jaque mate lo dará el conflicto,...con una cierta complicidad del mediador.

Será la “poética” de la mediación. Y los mediadores y mediados podrán seguir acudiendo a la mar por naranjas, como en aquellos versos populares: “A la mar fui por naranjas / cosa que la mar no tiene, / metí la mano en el agua: / la esperanza me mantiene”.  Pero si esto tiene que ser así, que -al menos- resulte la consecuencia de una decisión consciente y convenientemente informada.  

Andrés Vázquez



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